VTC y taxi en Chile: normativa, licencias y requisitos
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Resumen rápido
- Chile tiene una ley nacional para las aplicaciones de transporte: la Ley 21.553, conocida como "Ley EAT" (Empresas de Aplicación de Transporte) o "Ley Uber". Se publicó en abril de 2023.
- La ley todavía no está en vigor a la fecha de esta ficha, según la información disponible. Entra en vigencia 30 días después de que se publique su reglamento en el Diario Oficial. Ese reglamento tuvo varios rechazos y cambios: Contraloría lo aprobó en abril de 2025, el nuevo Gobierno decidió no publicarlo en esa versión y en abril de 2026 ingresó una versión corregida.
- Cuando entre en vigor: registro público nacional de empresas, conductores y vehículos a cargo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT); licencia profesional obligatoria (con 12 meses de gracia para quienes ya conducen); revisión técnica cada seis meses; seguros obligatorios; y un periodo de inscripción seguido de una suspensión de nuevas inscripciones.
- Los taxis tienen el parque congelado: no se pueden inscribir taxis nuevos en el registro. La Ley 21.785 prorrogó el congelamiento hasta noviembre de 2030.
- En octubre de 2026, Contraloría aprobó una modificación del Decreto 212 que flexibiliza los requisitos de los taxis (sin cilindrada mínima para el taxi básico, antigüedad máxima única de 15 años, hasta 9 personas). Esto importa también para las apps, porque la Ley EAT toma como piso las exigencias de los taxis básicos.
Marco legal y autoridades competentes
- Ley 21.553 (Ley EAT): regula las empresas de aplicación de transporte, sus conductores y vehículos. Estado en la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN): "Con Vigencia Diferida por Evento" (consultado por terceros el 3 de octubre de 2026).
- Reglamento de la Ley EAT: decreto del MTT. Contraloría tomó razón de una primera versión el 7 de abril de 2025. El ministro de Transportes Louis de Grange anunció el 4 de abril de 2026 que no se publicaría en su versión original y el 27 de abril de 2026 ingresó a Contraloría una versión corregida. A la fecha no encontramos confirmación de su publicación en el Diario Oficial.
- Decreto 212 del MTT: reglamento de los servicios nacionales de transporte público de pasajeros, que incluye los taxis.
- Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros: registro del MTT donde se inscriben taxis y otros servicios; la Ley EAT crea además un registro de EAT.
- Autoridades: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), Subsecretaría de Transportes (Subtrans), Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi) de Transportes, y municipalidades (Direcciones de Tránsito, que emiten las licencias de conducir).
- Impuestos: Servicio de Impuestos Internos (SII).
Taxi
- Congelamiento del parque: desde 1998 está suspendida la inscripción de nuevos taxis en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros. Se prorrogó por las leyes 19.700 (2000), 20.076 (2005), 20.474 (2010), 20.867 (2015) y 21.286 (2020), que lo extendió hasta noviembre de 2025. A fines de 2025 la Ley 21.785 lo prorrogó cinco años más, hasta noviembre de 2030. En la práctica, para tener un taxi hay que comprar o reemplazar un cupo existente.
- Modificación del Decreto 212 (octubre de 2026): Contraloría la rechazó en junio de 2026 por falta de fundamentos y la aprobó el 13 de octubre de 2026, tras un segundo ingreso en septiembre. Cambios: se elimina la cilindrada mínima del taxi básico; se fija una antigüedad máxima única nacional de 15 años; la capacidad máxima sube de 5 a 9 personas, incluido el conductor.
- Licencia: el taxista necesita licencia profesional. Según la normativa chilena, la clase A1 corresponde a taxis y la A2 a taxis, ambulancias y vehículos de 10 a 17 asientos (clasificación exacta no verificada).
- Taxis y apps: la Ley EAT permite que los taxis se adscriban a una o más aplicaciones y cobren una tarifa distinta del taxímetro, informada antes del viaje; el pasajero elige. Los taxis colectivos quedan excluidos de esa opción.
VTC / plataformas de transporte
Qué regula la Ley 21.553
- Registro de EAT: las empresas de aplicación se inscriben en un registro electrónico público de la Subsecretaría de Transportes, dividido por regiones.
- Registro de conductores y vehículos: los conductores y sus vehículos se inscriben a través de las empresas. Cada conductor puede inscribir hasta dos vehículos de propiedad de personas naturales. Los conductores solo pueden tomar pasajeros en las regiones donde están inscritos.
- Periodo de inscripción y suspensión: durante los primeros seis meses de vigencia, las empresas inscriben a sus conductores y vehículos. Después, la inscripción de nuevos conductores queda suspendida por 18 meses, salvo para reemplazar a quienes se den de baja. El reglamento corregido de 2026 prevé que el MTT informe los cupos disponibles y los reparta entre empresas, con actualización cada 10 días en lugar de cada 30.
- Licencia profesional: los conductores necesitan licencia profesional con control vigente. La prensa indica la clase A2. Quienes ya conducen tienen 12 meses desde la entrada en vigor para obtenerla. Requisitos habituales para la licencia profesional según ChileAtiende: al menos 20 años, dos años con licencia clase B, y curso teórico y práctico en una escuela de conductores profesionales reconocida. Coste estimado de la licencia: entre 200.000 y 300.000 pesos chilenos (fuente no oficial).
- Antecedentes: certificado de antecedentes sin anotaciones por los delitos y faltas que fija la ley (por ejemplo, delitos sexuales, tráfico de drogas o infracciones graves de tránsito). Las empresas deben pedirlo cada seis meses.
- Revisión técnica: cada seis meses.
- Requisitos del vehículo: como mínimo los del taxi básico, revisados cada año. Versión del reglamento de 2025: cilindrada mínima de 1.400 cc y antigüedad máxima de 10 años con reglas transitorias. Versión corregida de abril de 2026 (pendiente de publicación): antigüedad máxima de 5 años para la primera inscripción (7 años en regiones extremas), antigüedad máxima de operación de 15 años y sin exigencia de cilindrada mínima. También se eliminarían las restricciones entre comunas vecinas. Según el MTT, estos cambios permitirían inscribirse a muchos más conductores.
- Seguros: obligatorios para vehículo, conductor, pasajeros y terceros, además del SOAP. Los montos mínimos los fija el reglamento (no verificado).
- Distintivo: cada vehículo llevará un distintivo con código QR (según prensa, en el parabrisas y en la ventana del copiloto).
- Conducta del conductor: no puede alterar el cobro respecto de la tarifa informada ni desviarse de la ruta sugerida, salvo accidentes o imprevistos.
Sanciones (según el texto de la ley)
- Conductores que operan sin inscripción, entregan datos falsos o usan vehículos que no cumplen: multa de 3 a 10 UTM; en reincidencia, de 6 a 20 UTM.
- Empresas: de 10 a 100 UTM; en reincidencia, de 20 a 200 UTM.
- Servicio remunerado sin inscripción ni adscripción: suspensión de la licencia por seis meses, multa de 5 a 50 UTM, posible presidio menor en grado mínimo a medio, y retiro del vehículo de circulación con al menos 15 días de custodia.
- Pasajeros que acepten servicios irregulares: multa de 1 a 3 UTM.
- La UTM es la Unidad Tributaria Mensual; su valor en pesos cambia cada mes.
Mientras la ley no esté vigente
- Las aplicaciones siguen operando en una zona gris. Los conductores pueden ser fiscalizados y multados por transporte remunerado sin autorización bajo la normativa general de tránsito y transporte.
Plataformas operativas
- Uber: opera desde 2014. Afirmaba tener más de 100.000 socios conductores (cifra antigua).
- DiDi: llegó en 2019 y llegó a superar a Uber en conductores activos, según la propia empresa.
- Cabify: presente en Santiago y otras ciudades. En 2023 se informó que tenía más de 120.000 usuarios conductores.
- inDrive: en 2023 reportaba unos 80.000 conductores; hay guías de 2026 que dudan de su presencia actual (no verificado).
- En 2023 se estimaban más de 380.000 conductores registrados entre las cuatro plataformas (no son conductores activos ni personas únicas).
- Las comisiones varían; no hay cifras oficiales.
Cómo empezar
Conductor
- Licencia: si piensas trabajar a largo plazo, saca la licencia profesional (clase A2 según la prensa). Necesitas al menos dos años con licencia B, tener 20 años o más y aprobar el curso de una escuela de conductores profesionales. Se tramita en la Dirección de Tránsito de tu municipalidad.
- Certificado de antecedentes del Registro Civil.
- Vehículo: revisión técnica al día, SOAP y seguros adicionales para pasajeros y terceros. Revisa la antigüedad: con el reglamento corregido, un auto nuevo en el sistema no podría tener más de 5 años (7 en regiones extremas) y ninguno podría superar los 15 años.
- Inscripción en la aplicación. Cuando entre en vigor la ley, la empresa te inscribirá en el registro del MTT. Ojo: tras los primeros seis meses de vigencia, las nuevas inscripciones se cierran por 18 meses, salvo reemplazos o cupos que publique el MTT.
- Impuestos: los conductores emiten boletas de honorarios; desde marzo de 2024 las plataformas las emiten por ellos (Resolución Exenta 132 del SII de 2023). La retención es del 15,25 % en 2026 (14,5 % en 2025) y se recupera o ajusta en la declaración anual de renta en abril.
Flota o empresa
- Un mismo conductor solo puede inscribir hasta dos vehículos de personas naturales; los autos de empresas también pueden inscribirse, pero las reglas de detalle dependen del reglamento final (no verificado).
- Una empresa de aplicación nueva debe inscribirse en el registro de EAT, con representación legal en Chile, y cumplir obligaciones de seguros, datos y fiscalización.
- Para invertir en taxis: el parque está congelado hasta 2030, así que solo se puede comprar un taxi con su inscripción existente. Con la modificación del Decreto 212, se pueden usar autos sin cilindrada mínima y hasta 15 años de antigüedad.
Extranjeros
- Para trabajar se requiere residencia con permiso de trabajo y RUT. Para la licencia profesional chilena se exigen los mismos requisitos que a los chilenos, incluida la antigüedad de dos años con licencia B (homologación de licencias extranjeras: no verificado).
Novedades (2024–2026)
- Marzo de 2024: las plataformas comienzan a emitir boletas de honorarios por los conductores.
- 7 de abril de 2025: Contraloría toma razón del reglamento de la Ley EAT.
- Noviembre de 2025: Ley 21.785 prorroga el congelamiento del parque de taxis hasta noviembre de 2030.
- Enero de 2026: la retención de boletas de honorarios sube a 15,25 %.
- 4 de abril de 2026: el ministro De Grange anuncia que el reglamento de 2025 no se publicará y que se flexibilizarán requisitos.
- 27 de abril de 2026: ingresa a Contraloría el reglamento corregido.
- Junio de 2026: Contraloría rechaza la primera versión de cambios al Decreto 212 (taxis).
- 13 de octubre de 2026: Contraloría aprueba la modificación del Decreto 212; publicada en el Diario Oficial.
- A noviembre de 2026: sin confirmación de publicación del reglamento EAT; la ley sigue sin regir.
Fuentes
- Ley 21.553, Diario Oficial (abril de 2023). https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2023/04/19/43530/01/2301754.pdf
- MTT, toma de razón del reglamento EAT (2025). https://www.mtt.gob.cl/archivos/37723
- T13 / Ex-Ante, 27/04/2026, cambios definitivos al reglamento. https://www.t13.cl/noticia/ex-ante/nacional/ley-uber-cuales-son-cambios-definitivos-al-reglamento-antes-entre-vigencia-27-4-2026
- Diario Financiero, 13/10/2026, Contraloría aprueba la modificación del Decreto 212. https://www.df.cl/empresas/industria/contraloria-da-luz-verde-a-decreto-de-de-grange-que-habilita-reglamento
- BioBioChile, 08/04/2025, 10 claves de la Ley Uber. https://www.biobiochile.cl/noticias/servicios/explicado/2025/04/08/revisa-aqui-las-10-claves-mas-relevantes-de-la-ley-uber-como-afectara-a-conductores-y-pasajeros.shtml
- Oficina Virtual, mayo de 2026 (fuente no oficial). https://www.oficinavirtual.cl/blog/2026/5/26/ley-uber-chile-requisitos-conductores-vehiculos
- Practicatest, estado BCN al 03/10/2026 (fuente no oficial). https://practicatest.cl/blog/articulos-especiales/ley-uber-chile-requisitos-conductores-vigencia
- Cámara de Diputados, prórroga del congelamiento de taxis hasta 2030. https://www.camara.cl/cms/2025/11/04/suspension-de-la-inscripcion-de-taxis-en-el-registro-respectivo-se-prorrogo-al-2030/
- BCN, Ley 21.785. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1218447
- Senado, prórroga del congelamiento. https://www.senado.cl/comunicaciones/noticias/aprueban-prorrogar-por-5-anos-congelamiento-del-parque-de-taxis-y-taxis
- La República (2023), cifras de conductores. https://www.larepublica.co/empresas/cabify-indriver-uber-y-didi-ya-suman-mas-de-380-000-conductores-3630654